Aquí está el contenido de fondo: cómo funciona una herencia en España, paso a paso y sin dar por sabido nada. Si lo que buscas es una cifra concreta para tu caso, empieza por el comparador de comunidades; si lo que necesitas es saber qué tienes que hacer y en qué orden, por el decisor de trámites.
Impuesto de Sucesiones
Cómo se calcula, qué reducciones existen y por qué la misma herencia cuesta cantidades tan distintas según la comunidad. Incluye las páginas de cada comunidad autónoma con su normativa citada y su fecha de verificación.
Ver la sección: Impuesto de Sucesiones por comunidad
El trámite paso a paso
El recorrido completo: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, inventario de bienes, escritura de aceptación, liquidación de impuestos e inscripción en el Registro de la Propiedad.
Con los plazos reales de cada paso, que es donde está el peligro. Hay dos que casi nadie conoce: el certificado de últimas voluntades no se puede pedir antes de quince días hábiles desde el fallecimiento, y la prórroga del impuesto solo se solicita dentro de los cinco primeros meses. Pasado ese punto, no hay forma.
Aceptar, renunciar y deudas
Las tres vías ante una herencia y lo que implica cada una. Aceptar sin más significa responder de las deudas con tu propio patrimonio. Aceptar a beneficio de inventario limita esa responsabilidad a lo que alcancen los bienes heredados. Renunciar es no recibir nada y no deber nada.
Es la decisión que más dinero salva o cuesta en todo el proceso, y ninguna de las tres se deshace una vez firmada.
La vivienda heredada
Qué hacer con el piso: la plusvalía municipal, que es un impuesto distinto y aparte del de Sucesiones y que se paga al ayuntamiento; los gastos de notaría y registro; el IRPF si decides venderlo; y qué ocurre cuando lo heredáis varios hermanos y nadie quiere comprar la parte de los demás.
Planificar en vida
Lo que se puede decidir antes: testamento, donación en vida frente a herencia, y las legítimas de los hijos. Aquí hay un aviso importante: Cataluña, Navarra, Aragón, Galicia, Baleares y el País Vasco tienen derecho civil propio, y sus legítimas no son las del Código Civil común. La mayoría de las guías que encontrarás en internet explican solo el común y no lo advierten.
Cómo está escrito todo esto
Ninguna cifra se publica sin verificarla en su fuente oficial, y cada página lleva la fecha en que se comprobó. Cuando un dato no se puede confirmar, se dice en el texto y no se usa en las herramientas. Está explicado con detalle en la política editorial, y quién hay detrás en quiénes somos.
Esto no es asesoramiento jurídico ni fiscal. Sirve para entender qué te espera y hacerte una idea del orden de magnitud. Para firmar una escritura o decidir si aceptas una herencia con deudas, hace falta un profesional que vea tu caso completo.