Casa canaria de cal blanca con esquinas de piedra volcánica negra y balcón de madera

Sucesiones en Canarias: 48 € un hermano, 63.282 € un primo

En Canarias, un hermano que hereda 200.000 € paga 48 €. En siete comunidades de España pagaría 47.554 €. Es, con diferencia, el mejor sitio del país para heredar de alguien que no sea tu padre o tu madre.

Y sin embargo, un primo que heredara esos mismos 200.000 € en las mismas islas pagaría 63.282 €. Mil trescientas veces más que el hermano.

Esa es la particularidad canaria y no la cuenta casi nadie: el precipicio del impuesto sigue existiendo, pero está en otro sitio. En el resto de España la caída se produce entre el hijo y el hermano. En Canarias se ha desplazado un escalón más allá, y quien la sufre es la familia lejana y la gente sin parentesco.

En este artículo

El 99,9 %, y a quién alcanza de verdad

El artículo 24-ter del texto refundido canario concede una bonificación en la cuota del 99,9 %. La introdujo la Ley 11/2015, y su particularidad no está en el porcentaje sino en el alcance:

Grupo Quién Bonificación
I Hijos y nietos menores de 21 años 99,9 %
II Hijos de 21 o más, cónyuge, ascendientes 99,9 %
III Hermanos, tíos, sobrinos, suegros, yernos y nueras 99,9 %
IV Primos, parentesco más lejano, sin parentesco nada

Esa tercera fila es lo que hace única a Canarias. Ninguna otra comunidad de régimen común mete al Grupo III en su bonificación general. Madrid le da un 50 %, Cantabria un 50 % pero solo a los hermanos, la Comunitat Valenciana un 25 %, y las once restantes nada en absoluto.

La bonificación alcanza también a las cantidades de seguros de vida que se acumulan a la porción hereditaria, que en otras comunidades tienen su propio tope.

En las reducciones de la base, en cambio, Canarias no mejora nada: se aplican las estatales de la Ley 29/1987, que para un hijo mayor de edad son 15.956,87 € y para un hermano 7.993,46 €. Da igual, porque el trabajo lo hace después la bonificación.

Ese 0,1 % que queda no es cero

Conviene entender que Canarias no ha suprimido el impuesto: deja vivo un 0,1 % de la cuota. En herencias normales es una cantidad simbólica, pero crece con el patrimonio porque la tarifa es progresiva.

Herencia por heredero Un hijo Un hermano
100.000 € 10 € 18 €
200.000 € 28 € 48 €
500.000 € 106 € 172 €
1.000.000 € 263 € 422 €
2.000.000 € 603 € 962 €

Un hijo que hereda un millón de euros en Canarias paga 263 €. La cuota que le habría correspondido eran 262.697 €, y la bonificación se lleva todo menos el uno por mil.

Y hay una consecuencia práctica que sorprende a mucha gente: hay que presentar la declaración igualmente. La bonificación se solicita al liquidar, no se aplica sola. Quien no presenta no tiene bonificación que aplicar, y se le exige la cuota entera más recargos.

Dónde está el precipicio canario

Aquí está la lectura que casi ninguna guía hace. Si comparas a un hermano con un primo en las mismas islas y con la misma herencia:

Quién hereda 200.000 € Grupo Paga en Canarias
Un hijo II 28 €
Un hermano, un tío, un sobrino III 48 €
Un primo, un amigo, una pareja no registrada IV 63.282 €
En Canarias un hijo paga 28 euros y un hermano 48, frente a los 28.250 y 47.554 que salen con la tarifa estatal sin bonificacion, pero un primo paga 63.282 en ambos casos
Las dos barras de la última fila miden lo mismo, y ese es el dato: la bonificación canaria no alcanza al Grupo IV, así que para quien no es familia vivir en las islas no cambia nada.

El Grupo IV se queda fuera por partida triple: no tiene ninguna reducción por parentesco, su cuota se multiplica por dos por el coeficiente del artículo 22, y no hay bonificación que lo rescate. Es el único grupo al que Canarias no alcanza.

Con herencias grandes el resultado llega a ser confiscatorio: un heredero sin parentesco que reciba 2.000.000 € pagaría más de 1.200.000 €, y ese coeficiente de 2 corresponde al primer tramo de patrimonio preexistente. Si el heredero ya tiene patrimonio propio, sube.

La consecuencia para quien planifica es directa. En Canarias, dejar bienes a un sobrino sale prácticamente gratis y dejárselos a un ahijado, a un amigo o a una pareja no inscrita cuesta una fortuna. Y la diferencia entre esas dos situaciones puede ser un trámite administrativo: inscribir una pareja de hecho, o formalizar una adopción, cambia el grupo y con él la factura entera.

Un hermano canario frente al resto de España

El mismo caso, un hermano que hereda 200.000 €, según dónde residiera el fallecido:

Comunidad Paga
Canarias 48 €
Cantabria 20.907 €
Madrid 23.776 €
Comunitat Valenciana 35.666 €
Siete comunidades sin bonificación al Grupo III 47.554 €

Mil veces menos que en la mayor parte de España. El desglose de por qué ese impuesto es tan caro fuera de Canarias, incluido el coeficiente multiplicador que explica la mayor parte de la cifra, está en heredar de un hermano, y puedes calcular tu caso concreto en el comparador del Impuesto de Sucesiones.

La Palma: una fecha que caduca en diciembre

Tras la erupción del volcán de Cumbre Vieja, Canarias aprobó medidas específicas y temporales: bonificaciones del 100 % en donaciones de inmuebles, solares y terrenos rústicos vinculadas a la catástrofe.

Y aquí está lo importante, porque es una fecha y no una opinión: esas medidas exigen que el devengo se produzca antes del 31 de diciembre de 2026. Quedan poco más de cuatro meses.

Si tienes una operación pendiente en La Palma que pueda encajar en ese régimen, el calendario importa tanto como el contenido: una escritura firmada en enero ya no entra. Conviene consultarlo ahora, no en noviembre.

Es el tipo de dato que envejece mal en cualquier guía escrita hace un año, y por eso esta página lleva su fecha de verificación al pie.

Lo que el 99,9 % no cubre

La bonificación canaria es del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y solo de él. Heredar sigue costando dinero por otras vías:

La plusvalía municipal. Es un impuesto del ayuntamiento, regulado por ley estatal, y Canarias no tiene nada que decir sobre él. Con un piso urbano en Las Palmas o en Santa Cruz hay una segunda liquidación, con su propio plazo. Y con dos inmuebles en municipios distintos, dos. Lo tienes en plusvalía municipal por herencia.

El IRPF, si en vez de heredar se dona. Donar en vida activa la ganancia patrimonial del donante, y esa es estatal. En una comunidad donde heredar cuesta 48 €, donar en vida casi nunca compensa: lo que te ahorras en el impuesto autonómico ya era prácticamente nada, y el IRPF que aparece es muy real. Está desarrollado en donar en vida o heredar.

Los gastos del trámite. Notaría, registro, certificados y, si hay que repartir entre varios, la escritura de aceptación. Qué se pide, a quién y en qué orden lo tienes en los trámites de una herencia paso a paso.

Vivir en Canarias no basta

La comunidad que se aplica es la de residencia habitual del fallecido, atendiendo a los cinco años anteriores. No la del heredero, ni la del lugar donde estén los bienes.

De ahí salen las dos situaciones que más confunden:

Vives en Tenerife y heredas de un padre que residía en Oviedo. Se aplica Asturias, no Canarias. Y Asturias es la comunidad más cara de España por encima de 306.949 €, como explico en el Impuesto de Sucesiones en Asturias.

Vives en Madrid y heredas de una madre que residía en Lanzarote. Se aplica Canarias, con su 99,9 %, aunque tú no hayas pisado las islas en años.

Y el periodo de cinco años está precisamente para que mudar al causante a última hora no funcione.

Plazos y dónde se presenta

Se liquida ante la Agencia Tributaria Canaria con el modelo 650, en seis meses desde el fallecimiento. La prórroga da seis meses más y se solicita dentro de los cinco primeros.

Con cuotas de dos cifras puede parecer que el plazo da igual. No es así: presentar fuera de plazo genera recargos que se calculan sobre la cuota antes de bonificar en muchos supuestos, y ahí la cifra ya no es simbólica. Es el error más caro que se puede cometer en Canarias, precisamente porque nadie se lo espera.

Preguntas frecuentes

Si no voy a pagar casi nada, ¿tengo que declarar?

Sí, y es imprescindible. La bonificación se aplica al presentar la autoliquidación. Sin declaración no hay bonificación, y lo que se reclama es la cuota completa con recargos.

Mi tía me deja un piso en Gran Canaria. ¿Cuánto pago?

Una tía es Grupo III, así que entra en el 99,9 %. Con un piso valorado en 200.000 € serían unos 48 € de Sucesiones, más la plusvalía municipal del ayuntamiento correspondiente, que va aparte.

¿Las parejas de hecho cuentan como cónyuge?

Es determinante y hay que comprobarlo caso por caso, porque de la respuesta depende pasar del Grupo II al Grupo IV. Si hay una pareja no inscrita, es lo primero que hay que mirar y con mucha antelación.

¿Puede cambiar esta bonificación?

Las bonificaciones autonómicas se modifican con las leyes de medidas fiscales, casi siempre a final de año. La del 99,9 % lleva vigente desde 2015 y es de las más estables del país, pero las medidas de La Palma sí tienen fecha de caducidad: el 31 de diciembre de 2026.

Normativa y fuentes

  • Decreto Legislativo 1/2009, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en Canarias en materia de tributos cedidos — bonificación en cuota (art. 24-ter)
  • Ley 11/2015, disposición final tercera — introduce la bonificación del 99,9 % para los Grupos I, II y III
  • Ley 29/1987 — reducciones estatales (art. 20), tarifa (art. 21), coeficientes multiplicadores (art. 22)
  • Tributación Autonómica, Ministerio de Hacienda — compilación oficial de las medidas vigentes en tributos cedidos

Última verificación: 24 de agosto de 2026. Cálculos con la tarifa estatal de la Ley 29/1987, sin patrimonio preexistente y aplicando solo la reducción de parentesco. Las medidas vinculadas a la erupción de La Palma decaen el 31 de diciembre de 2026. Este artículo no es asesoramiento fiscal.

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